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El acceso abierto (en inglés, Open Access, OA) es el acceso gratuito a la información y al uso sin restricciones de los recursos digitales por parte de todas las personas. Cualquier tipo de contenido digital puede estar publicado en acceso abierto: desde textos y bases de datos hasta software y soportes de audio, vídeo y multimedia. A pesar de que la mayoría del contenido digital disponible está constituido exclusivamente por texto, un número cada vez mayor de recursos combina textos con imágenes, bases de datos y archivos ejecutables. El acceso abierto también puede aplicarse a contenido no académico como música, películas y novelas. (UNESCO, Acceso abierto).
Por lo que respecta al acceso abierto a los resultados de investigación se ve materializado en diferentes normas a nivel nacional:
Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU).
El artículo 12, Fomento de la Ciencia Abierta y Ciencia Ciudadana, recoge lo siguiente:
El artículo 37, Ciencia Abierta, indica que:
Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.
Los artículos 14.5, 14.6, establecen que las tesis doctorales una vez aprobadas se depositarán en acceso abierto en el repositorio institucional de la universidad.
El acceso abierto a otro tipo de contenidos está regulado por múltiples normas, como, en el ámbito internacional, la Declaración de Derechos humanos, las legislaciones sobre propiedad intelectual de los distintos países, y, en el ámbito nacional, la Ley de propiedad intelectual, el Código Civil o la Ley de protección de datos.
La ciencia abierta, que se fundamenta en la colaboración y la puesta en común de contenidos fomenta la utilización de licencias abiertas y permite añadir materiales al dominio público para ampliar el acceso al conocimiento de toda la sociedad y promover las oportunidades de innovación y participación en la creación conjunta de conocimientos. En este contexto hay que situar las publicaciones científicas, los datos de investigación, los recursos educativos abiertos, los programas informáticos de código abierto y código fuente abierto, etc.
Además, el entorno tecnológico facilita que los ciudadanos y ciudadanas podamos compartir millones de objetos digitales (fotografías, dibujos, audios, videos, gráficos, etc.) que circulan a diario por la web.
Si queremos compartir contenidos y, al mismo tiempo, queremos establecer condiciones sobre el uso que otras personas puedan hacer de esos contenidos, podemos escoger las licencias de uso público. Actualmente las Licencias Creative Commons son las más usadas a nivel internacional.
En el entorno digital algunas personas quieren facilitar el acceso a sus obras y contenidos. Las licencias de uso público surgieron para dar respuesta a esta necesidad de compartir contenidos y conocimiento. Mediante estas licencias, los autores y autoras pueden indicar a los usuarios y usuarias de sus contenidos qué usos pueden hacer de estos y bajo qué condiciones.
Frente al sistema de “todos los derechos reservados”, las licencias de uso público permiten usos más amplios de sus contenidos que los que están regulados en las legislaciones de propiedad intelectual.
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